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Título : ¿Restauración del estado confesional en el Ecuador?
Autor : Michelena Ayala, Julio Miguel
Campaña Remache, Andrés Alejandro
Palabras clave : Iglesia y Estado - Ecuador;Liberalismo - Ecuador;Ecuador - política y gobierno;Economía política
Fecha de publicación : 2013
Editorial : PUCE
Pontificia Universidad Católica del Ecuador – PUCE
Resumen : En el Ecuador, las relaciones entre el Estado y la Iglesia ha sido uno de los conflictos más complejos en la esfera político-ideológica. La realidad del Estado en una visión jurídica es falsa. El Estado es producto y consecuencia de la lucha de clases. No supera el conflicto social fundamental sino que lo profundiza toda vez que consolida y expresa las contradicciones, no entre individuos o ideas, sino entre explotadores y explotados. La historia no la hacen individuos sino que es la manifestación de un movimiento determinado por las yuxtaposiciones en el interior de un conjunto social3 . Desde fines del siglo XIX e inicios del siglo XX, por ejemplo, José Peralta concluía: “… el Poder Público no puede, en ningún momento, desatender los intereses religiosos de la Nación en el ejercicio de sus augustas funciones”4. La cuestión religiosa merece la atención del Gobierno de un Estado ya que tanto la administración pública como las leyes derivan del llamado “espíritu general” que es el conjunto de ideas y máximas aceptadas por el Pueblo5. En este contexto, el retorno a la democracia significó el reconocimiento del pluralismo político, la igualdad de las mujeres, los Estados aconfesionales, entre otros. Por el contrario, Habermas afirma que los neoconservadores responsabilizan a la modernidad de subjetivizar y relativizar la norma social; y, frente a ello, proponen que hay que recobrar la fe religiosa y la tradición6. Según Miguel Ángel Semino, “… en Latinoamérica, Incluso, a partir del Concilio Vaticano II, la Iglesia aceptó el pluralismo, la libertad de conciencia, la secularización, el ecumenismo, etc. tanto así que la constitución dogmática, Gaudium et Spes de 7 de diciembre de 1975, admitió el carácter laico de la sociedad8. En efecto, la Gaudium et Spes, en su punto 76, expresó
URI : http://8.242.217.84:8080//xmlui/handle/123456789/3191
metadata.dc.identifier.other: http://repositorio.puce.edu.ec/handle/22000/9758
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